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Presentación de la Declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347)

El RD 1615/2011 ha introducido importantes modificaciones en la regulación de la Declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347) (ver 8915 Memento Fiscal 2011) que obligan a realizar ahora una serie de modificaciones normativas en la OM por la que se aprueba el citado modelo. Las principales novedades, en vigor desde el 1-1-2012 y aplicables para la presentación de la declaración correspondiente al año 2011, son las siguientes:
a) Forma de suministrar la información: se exige que se desglose trimestralmente.
b) Plazo de presentación: se anticipa al mes de febrero la presentación de la declaración en relación con las operaciones efectuadas en el año natural anterior, tanto si la presentación se efectúa en papel impreso como en soporte directamente legible por ordenador o por vía telemática; no obstante, de forma transitoria el modelo 347 correspondiente al año 2011 se presentará durante el mes de marzo de 2012.
c) Diseños físicos y lógicos del modelo: se adapta el modelo a la modificación aprobada por el RD 1615/2011 según la cual se exonera de la obligación de presentación de la declaración de operaciones con terceras personas a quienes estén obligados a la presentación de la Declaración informativa con el contenido de los libros registro del IVA e IGIC, y que establece la obligación de incluir en ésta última declaración determinadas operaciones que antes se debían consignar como excepción en la declaración informativa de operaciones con terceras personas.
Como excepción, se establece que las modificaciones antes mencionadas no surtirán efecto respecto a la declaración correspondiente al año 2011 que están obligados a presentar los sujetos pasivo inscritos en el Registro de devolución mensual del IVA.

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