El plazo extraordinario de prórroga fijado hasta 31-12-2014 para los titulares de licencias cuyas obras hayan quedado paralizadas, que les permitan continuarlas, siendo conformes con la ordenación al recabar aquéllas, sin necesidad de solicitar nueva licencia sometida ya a las exigencias técnicas de la actual normativa de edificación se amplía, sin perjuicio de los controles de seguridad industrial a los que se sometan las edificaciones citadas, hasta:
a) 31-12-2016 para los establecimientos industriales; y
b) 31-12-2015 para el resto de edificaciones.
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