La modificación llevada a cabo por el RDL 16/2013, ha consistido, por una parte, en que han pasado a computarse en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social una serie de conceptos retributivos hasta entonces excluidos de la misma, y, por otra parte, que han pasado a computarse en su integridad otros conceptos que con anterioridad tenían establecida alguna limitación a tal efecto.
Debido a que ha dicha modificación ha entrado en vigor el 22-12-13, al objeto de facilitar la liquidación e ingreso de la cotización correspondiente a las primeras mensualidades afectadas por la citada modificación, se amplía el plazo de liquidación e ingreso de los nuevos conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social y del importe en que se hayan incrementado otros conceptos a incluir en dicha base correspondientes a los períodos de liquidación de diciembre de 2013 a marzo de 2014, de forma que se puede realizar la liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 31-5-2014.
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