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Plan especial

Se plantea por la vía de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo la posible desviación de poder al admitirse la construcción de una nave según las determinaciones de un plan especial, basándose en que, con anterioridad, se había intentado esta posibilidad pero la licencia urbanística había sido anulada.
La secuencia temporal de las actuaciones es, pues, una resolución judicial concediendo una licencia -en este caso para la construcción de una nave industrial para la exposición de muebles en suelo no urbanizable de interés agrario- y recurso contencioso-administrativo contra la misma que termina en sentencia anulatoria de la licencia.
Y a continuación, aprobación de un plan especial para regular los usos de la zona y establecer un uso comercial no previsto en las normas subsidiarias.
En este caso, lo que se recoge y discute es si puede darse desviación de poder o de la legalidad urbanística que había sido declarada por sentencia judicial firme.
Ha de entenderse que la única finalidad del plan especial es facilitar la construcción de una nave y, con ello, se pretende solventar los obstáculos surgidos para ello tras la anulación declarada por sentencia firme.
No puede entenderse que esté en juego el ejercicio de las potestades discrecionales que corresponden al planificador urbanístico, ya que éstas se mantienen indemne.
Sólo podría darse que la aprobación de un plan especial escape al cumplimiento de una sentencia firme cuando se den los dos requisitos previstos en LJCA art.103.4:
– que se dicte un acto contrario a un pronunciamiento judicial contenido en la sentencia; y
– que su finalidad sea precisamente eludir o rehuir el cumplimiento de la sentencia.
Sin embargo, en este caso, no se pretende eludir el cumplimiento de la sentencia judicial, sino construir una nave expositora que es posible mediante la aprobación de un plan especial que subsane los obstáculos advertidos en el proceso judicial que culminó con la anulación de la licencia concedida.

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