Con efectos desde 30-7-2014, se aprueba en Aragón el Plan de Vivienda 2014-2016, a fin de regular en esta Comunidad Autónoma la aplicación del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016 (RD 233/2013).
Programas y ayudas
Los distintos programas se ubican en las dos grandes líneas de actuación que marca la estrategia estatal en materia de vivienda:
a) El alquiler social público tiene por finalidad garantizar una oferta suficiente de vivienda asequible, objetivo que se materializa a través de los siguientes programas (ver nº 2961 Memento Inmobiliario 2012-2013):
– ayuda al alquiler de vivienda; y
– fomento del parque público de vivienda de alquiler.
b) Con la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, se pretende recuperar la calidad edificatoria deteriorada por el transcurso del tiempo, mantener los edificios en buen estado de conservación y mejorar su eficiencia energética. Los programas que se establecen al efecto son (ver nº 2130 Memento Inmobiliario 2012-2013):
– fomento de la rehabilitación edificatoria;
– fomento de la regeneración y renovación urbanas;
– implantación del informe de evaluación de los edificios; y
– fomento de ciudades sostenibles y competitivas;
Se establece el sistema de concurrencia competitiva, a desarrollar mediante una convocatoria específica, o de concesión directa de las ayudas.
El plazo máximo que tiene la Administración autonómica para resolver respecto a las solicitudes de ayudas relacionadas en estos programas es de 6 meses, teniendo en este caso el silencio administrativo por falta de resolución expresa carácter desestimatorio.
Respecto a las ayudas concedidas cabe la concesión de un anticipo de hasta 100% previa presentación de las correspondientes garantías.
Por último, se establece la posibilidad de que el Consejero competente en materia de vivienda regule nuevas ayudas en supuestos de catástrofe o emergencia.
Beneficiarios
Para ser beneficiario de las ayudas establecidas en el Plan de vivienda que ahora se aprueba, además de cumplir los requisitos establecidos en cada uno de los respectivos programas, se han de cumplir otros, de carácter más genérico, recogidos en el Plan Estatal (RD 233/2013 art.6) y relacionados con los siguientes aspectos:
– la nacionalidad;
– la forma de determinar los ingresos;
– el mantenimiento de las circunstancias que, en su caso, motivaron el reconocimiento de una ayuda; y
– la aportación de información a la administración autonómica competente.
NOTA
Actualmente en Aragón se encuentra en desarrollo en el Programa apoyo a la gestión del alquiler social, de carácter autonómico.
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