Con efectos desde el 18-10-2013 se introduce en la Ley Concursal un nuevo mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios: los acuerdos extrajudiciales de pagos.
A los efectos de dar la publicidad adecuada a estos acuerdos, el Registro Público Concursal tendrá, a partir de dicha fecha, una nueva sección dedicada a los acuerdos extrajudiciales de pagos, donde se hará constar la apertura de las negociaciones para alcanzar tales acuerdos y su finalización.
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