La promulgación de la nueva circular que establece las normas para efectuar las declaraciones por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior, implica la derogación, con efectos desde el 1-1-2014, de la Circ BE 6/2000 sobre préstamos créditos y compensaciones exteriores y la Circ BE 3/2006 sobre residentes titulares de cuentas en el extranjero, así como parcialmente la Circ BE 2/2001 (norma 1ª.4, norma 2ª.2, norma 3ª.2 y cuadros 2A y 2 B del anejo de la circular) sobre declaración de operaciones y saldos de activos y pasivos exteriores en valores negociables, ya que estas circulares establecen obligaciones de declaración directa por los residentes que realizan este tipo transacciones y que ahora se engloban dentro de las nuevas declaraciones.
NOTA
Los residentes que estén obligados a facilitar la información requerida de acuerdo con las Circ BE 6/2000, Circ BE 2/2001 y Circ BE 3/2006, deben seguir facilitándola y declarándola hasta la correspondiente al 31-12-2013.
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