Desde el 24-6-2012 se suprime la previsión que exigía la emisión de informe de experto independiente sobre la valoración del patrimonio aportado cuando la sociedad absorbente fuera titular de forma directa o indirecta de todas las acciones o participaciones en que se divida el capital sociales de la sociedad o sociedades absorbidas.
Dicha previsión se elimina por tratarse de un error material que entra en contradicción con lo dispuesto en el art.49.1 de la L 3/2009, en el que se exime de la emisión de dicho informe a las fusiones en las que no existe aumento de capital por ser titular la sociedad absorbente de la totalidad del capital social de la sociedad o sociedades absorbidas.
Por lo demás, la L 1/2012 respeta la modificación introducida desde el 18-3-2012 por el RDL 9/2012 (que esta Ley deroga), que exige el informe de experto sobre el proyecto de fusión siempre que alguna de las sociedades que participan en la operación sea SA o SComA.
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