Se establece una reducción del 50% del importe de la sanción pecuniaria y el reconocimiento de los hechos que constituyen el objeto de la sanción, poniendo fin a la vía administrativa la resolución que se dicte al efecto, el pago voluntario, en el plazo de 30 días desde la notificación de la propuesta de resolución, de la sanción pecuniaria resultante de la comisión de cualquiera de las infracciones que no sean muy graves previstas en las siguientes normas y preceptos:
Disposición normativa | Materia |
L Castilla y León 5/2009 art.53.2 b), c) y d) y 53.3 | Ruido |
L Castilla y León 9/2010 | Vivienda |
L Castilla y León 10/2008 | Carreteras |
L Castilla y León 11/2003 art.74.3 excepto a), b), c) y d), 74.4 | Prevención ambiental cuando se trate de actividades sujetas a autorización ambiental |
L Castilla y León 14/2010 | Turismo |
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