Con efectos para los hechos imponibles producidos a partir del 1-1-2017, se aplica el tipo de gravamen del 1% a las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten transmisiones de bienes inmuebles en las que se haya procedido a renunciar a la exención del IVA (LF 19/1992 art.17.2).
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