Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1- 2016, se modifica la LF Navarra 24/1996:
a) En primer lugar, se introduce un cambio en relación con el tipo de gravamen del 23% previsto para determinadas entidades, entre las que se encuentran las entidades e instituciones sin ánimo de lucro: se dispone expresamente que ese tipo de gravamen no se aplica a los clubes deportivos y demás entidades e instituciones sin ánimo de lucro que participen en competiciones oficiales de carácter profesional, sino que deben aplicar los tipos generales de gravamen que les correspondan.
b) De manera concordante, se precisa que el régimen de las entidades parcialmente exentas no se aplica a los clubes deportivos y demás entidades e instituciones sin ánimo de lucro que participen en competiciones oficiales de carácter profesional.
En ambos casos, se especifica que la calificación de las competiciones oficiales y de carácter profesional ha de realizarse con arreglo a lo dispuesto en la normativa deportiva que les sea de aplicación.
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