Las sociedades civiles tributan en atribución de rentas solamente cuando no estén sujetas al IS. Se produce así la adaptación del IRPF al IS ya que desde el 1-1-2017, las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil pasan a ser contribuyentes del IS. Asimismo y con los mismos efectos, se precisa que a los sujetos pasivos del IRPF que cumplan los requisitos para ser considerados personas emprendedoras, o que sean socios de una entidad en régimen de atribución de rentas que cumpla los requisitos para ser considerada emprendedora, de acuerdo con lo establecido en la normativa foral del IS, les serán de aplicación las medidas de apoyo al emprendimiento establecidas en dicha normativa.
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