Se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones para la financiación de actuaciones nuevas o en curso con el fin de facilitar la rehabilitación de inmuebles destinados a vivienda en el ámbito del área de regeneración y renovación urbana de cada uno de los municipios de la Región de Murcia.
Pueden ser beneficiarios de las ayudas quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación, ya sean las propias Administraciones públicas, los propietarios únicos de edificios de viviendas, las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios y los consorcios y entes asociativos de gestión.
La cuantía máxima de las ayudas financiadas con cargo a fondos del Estado se determina atendiendo al coste subvencionable de la actuación, y no puede exceder del 35% del mismo.
La cuantía máxima de las ayudas del Estado se calcula multiplicando el número de viviendas que componen el edificio a rehabilitar por las ayudas unitarias establecidas para cada vivienda, que son como máximo de 11.000 euros por vivienda.
Las ayudas financiadas con cargo a fondos propios de la comunidad autónoma consistirán en un 35% de la ayuda estatal que corresponda para actuaciones de rehabilitación.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios