Desde el 24-6-2012, la L 1/2012 mantiene la misma redacción introducida por la reforma operada por el RDL 9/2012, vigente desde el 18-3-2012, y en cuyo marco se estableció que no es exigible la obligación de los administradores de informar al resto de sociedades participantes en la fusión sobre las modificaciones importantes del activo o del pasivo acaecidas en su sociedad, cuando en todas y cada una de las sociedades que se fusionan, así lo acuerden todos los socios con derecho de voto y, en su caso, quienes de acuerdo con la ley o los estatutos pudieran ejercer legítimamente ese derecho.
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