Debido a la aprobación del desarrollo del sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA, que regula las especificaciones normativas y técnicas de la llevanza de los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT, se modifican con efectos 1-6-2017 los modelos de declaración censal (modelos 036 y 037), para incluir entre los supuestos en los que es obligatoria la presentación electrónica por Internet los siguientes:
– la opción y renuncia a la llevanza de los mencionados libros registro (ver nº 10997 Memento Fiscal 2017);
– la comunicación del alta y baja del cumplimiento de la obligación de expedir factura por los destinatarios de las operaciones o por terceros (ver nº 14821 Memento Fiscal 2017).
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