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Madrid. Ayudas a la rehabilitación edificatoria

Se modifica la Orden Madrid 23-6-2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas económicas previstas en el RD 233/2013 art.26.1, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016.
Tras la modificación, el plazo máximo para solicitar las subvenciones previstas en la presente Orden es de 3 meses y su cómputo se inicia a partir del día siguiente a la publicación en forma de extracto en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid de la convocatoria.
No obstante, las convocatorias publicadas con posterioridad al 15-9-2016, incluirán un plazo máximo para solicitar las subvenciones de un mes y su cómputo se iniciará a partir del día siguiente a la publicación en forma de extracto en el mencionado boletín oficial.

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