Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Lugar de realización de los servicios prestados por vía electrónica a un establecido en las Islas Canarias

Una entidad cuya actividad económica es la venta de libros electrónicos a través de sus plataformas, realiza una venta para un particular residente en las Islas Canarias, y ante la duda sobre cómo debe aplicar el impuesto, eleva consulta a la Dirección General de Tributos, la cual concluye:

1. Que nos encontramos ante una prestación de servicio efectuada por vía electrónica al ser prestado a través de Internet o de una red electrónica que, por su naturaleza, está básicamente automatizado y requiere una intervención humana mínima, y que no tiene viabilidad al margen de la tecnología de la información (Rgto UE/282/2011 art.7).
2. Que no se entienden realizados en el territorio de aplicación del impuesto una serie de servicios, cuando el destinatario de los mismos no es un empresario o profesional actuando como tal y está establecido o tiene su domicilio o residencia habitual fuera de la Comunidad, salvo en el caso de que dicho destinatario esté establecido o tenga su domicilio o residencia habitual en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla; no aplicándose esta salvedad a los servicios prestados por vía electrónica (LIVA art. 69.dos). Por lo tanto, como norma general, se entenderán realizados en el territorio de aplicación del impuesto, los servicios electrónicos prestados por empresarios establecidos en dicho territorio a particulares que tengan su domicilio o residencia habitual en él o en cualquier otra parte de la Comunidad.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, las ventas de libros electrónicos realizadas para el cliente, un particular, que está establecido en las Islas Canarias no se entenderán efectuadas en el territorio de aplicación del IVA, y no se repercutirá el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda en Canarias.

NOTA
En estos momentos se está tramitando la modificación de la LIVA donde se suprimen del art.69. dos, las letras m) y n).

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).