Con la finalidad de agilizar los trámites administrativos, en los casos en que sea preceptivo el permiso de instalación, sin perjuicio de las excepciones legales oportunas, aquél debe ser previo o simultáneo a la licencia de edificación y uso del suelo.
Por ello, es nula de pleno derecho cualquier licencia de edificación y uso del suelo que se otorgue sin haberse concedido, previa o simultáneamente, el permiso de instalación, en los casos que sea preceptivo.
NOTA
Otras modificaciones en materia de licencias afectan a:
– el régimen de las inspecciones de actividades que los ayuntamientos hayan de realizar anualmente de oficio; y
– el régimen de infracciones y sanciones.
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