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Licencia de edificación y uso del suelo. Baleares

Con la finalidad de agilizar los trámites administrativos, en los casos en que sea preceptivo el permiso de instalación, sin perjuicio de las excepciones legales oportunas, aquél debe ser previo o simultáneo a la licencia de edificación y uso del suelo.
Por ello, es nula de pleno derecho cualquier licencia de edificación y uso del suelo que se otorgue sin haberse concedido, previa o simultáneamente, el permiso de instalación, en los casos que sea preceptivo.

NOTA
Otras modificaciones en materia de licencias afectan a:
– el régimen de las inspecciones de actividades que los ayuntamientos hayan de realizar anualmente de oficio; y
– el régimen de infracciones y sanciones.

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