A la enumeración de infracciones en materia de edificación previstas en LOTEX hay que añadir las siguientes:
• Las que superan la altura, superficie y volumen edificable u ocupación permitidos por el plan de ordenación urbanística o contravengan los retranqueos que prescriba.
• Las que consisten en obras prohibidas por la ordenación territorial y urbanística que trasciendan de las precisas para la conservación del inmueble, según LOTEX art.163.
• Cuando no han sido paralizadas las obras no obstante haberlo requerido la Administración actuante.
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