Mediante RDL 3/2016 se introdujeron numerosas modificaciones en la LIS, como la limitación de compensación de bases imponibles negativas, que deberían tenerse en cuenta para el cálculo de los pagos fraccionados determinados en función de la base imponible del período.
No obstante, aunque dichas modificaciones tienen efecto para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 (RDL 3/2016 disp.final 3ª), el RDL por el que se realiza la modificación entra en vigor con carácter general el mismo día de su publicación en el BOE, es decir, el 3-12-2016, fecha en la que ya se había iniciado el plazo de presentación del tercer pago fraccionado (primeros 20 días naturales de diciembre).
Por tanto, las modificaciones introducidas no deben tenerse en cuenta para el cálculo del tercer pago fraccionado del 2016. Tampoco para el cálculo del primer y segundo pago fraccionado de 2016, cuyo plazo de declaración ya había finalizado en la fecha de entrada en vigor del RDL 3/2016.
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