Con efectos a partir del 13-5-2015, se modifica el plazo de resolución del procedimiento relativo al Impuesto sobre las Labores del Tabaco por el cual se regula la destrucción de las labores del tabaco bajo control de la Administración Tributaria Canaria y, en su caso, la devolución de las cuotas previamente satisfechas previstas en la L Canarias 1/2011 art.5.3 y 13.2.a), del Impuesto sobre las Labores del Tabaco (nº 10590 Memento Canarias).
En la medida en que la modificación consiste en la supresión de dicho procedimiento del artículo que establece un plazo de resolución de un mes (D Canarias 268/2011 disp.adic.primera.uno.4), ello implica que el nuevo plazo de resolución pasa a ser de seis meses, como establece con carácter general el mencionado artículo.
Administrativamente se justifica el incremento de plazo de resolución por causa de la complejidad del mencionado procedimiento.
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