El programa de préstamos cualificados para la rehabilitación de edificios y viviendas consiste en el establecimiento de una línea de préstamos para financiar la ejecución de estas obras, siempre que estos inmuebles estén situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Su concesión puede ir acompañada de una ayuda económica directa consistente en la subsidiación de los intereses de estos préstamos para las personas que cumplan los requisitos previstos en esta orden.
En todo caso, los préstamos cualificados y la ayuda de subsidiación de los intereses se han de ajustar a las condiciones que se recogen en el modelo de convenio.
Las ayudas financieras para las actuaciones de rehabilitación pueden consistir en:
a) Préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito, en el ámbito de los convenios firmados a estos efectos con el IGVS.
b) Ayudas económicas directas, consistentes en la subsidiación de los intereses del préstamo cualificado otorgado por la entidad financiera.
El porcentaje de la subsidiación de los intereses del préstamo y su duración depende del nivel de ingresos de la unidad de convivencia de la persona prestataria.
Actualidad jurídica
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