Los capitanes, patrones y el personal encargado de la utilización, control y mantenimiento del botiquín a bordo deben recibir una formación sanitaria específica que se ha de actualizar obligatoriamente con una periodicidad máxima de 5 años, y que dicha formación, así como el reciclaje periódico deben estar acreditados mediante la posesión de los correspondientes certificados de formación sanitaria.
Por otra parte, se ha de regular la impartición de los cursos de formación sanitaria específica a distancia, inicial y avanzada, a fin de facilitar el acceso de los trabajadores del mar a la formación sanitaria específica desde sus puestos de trabajo o desde sus hogares a través de medios informáticos.
Los cursos de actualización en formación sanitaria específica inicial y específica avanzada han de tener como mínimo los contenidos y tiempos asignados que se establecen en los anexo I y anexo II, respectivamente.
El ISM va a poder impartir cursos de formación sanitaria específica inicial y formación sanitaria específica avanzada, en modalidad no presencial. Esta formación se imparte en dos fases:
a) Fase no presencial, donde el alumno se forma en los contenidos teóricos del curso a través de su acceso individual a la plataforma que le da soporte.
b) Fase presencial, donde el alumno se forma en los contenidos prácticos del curso, mediante la asistencia a un curso impartido en los centros de formación del ISM.
NOTA
Queda sin efecto lo establecido sobre contenidos mínimos de los programas de actualización en formación sanitaria específica, condiciones que deben reunir los centros de formación y homologación de centros privados para la impartición de formación sanitaria específica recogidos en la ISM Resol 14-6-10 resuelve 1º a 5º.
me gustarías tener conocimiento de las fechas en que tendrán lugar los cursos.
Gracias por el aviso. Estare atento a ver si puedo apuntarme