Las modificaciones, más destacadas son:
– el derecho del proveedor a ser informado sobre el uso de la factura electrónica (L 25/2013 art.4);
– se permite a los proveedores, cuando la Administración a la que presta el servicio no tiene Punto de Acceso ni se encuentra adherido al de otra Administración, a entregarlo en el Punto de Acceso General del Estado (L25/2013 art.6);
– se obliga a una auditoría de los registros contables para analizar si se cumple lo dispuesto en la Ley (L 25/2013 art.12).
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