La instalación de establecimientos que sirven de soporte a actividades clasificadas sujetas a evaluación de impacto ambiental, siendo absolutamente preceptiva, pero no habiendo sido cumplimentada con ocasión de la tramitación de las autorizaciones o títulos habilitantes procedentes que afectan a dicha actividad y emplazamiento, queda sujeta al régimen de licencia previsto en L Canarias 7/2011.
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