La obligación impuesta por TRUCAT disp.trans.8ª al Gobierno de Cataluña de tener que presentar, en el plazo de un año contado desde 31-1-14, al Parlamento un proyecto de ley de comercio, servicios y ferias en el que se valoren adecuadamente los intereses públicos en relación con la normativa de implantación de equipamientos comerciales y la proporcionalidad y no discriminación de las medidas que deban adoptarse y la previsión, añadida, de que en tanto no se aprobase este proyecto de ley, quedaría suspendida la excepción de implantación de establecimientos fuera de trama urbana consolidada, conforme a lo dispuesto en DL 1/2009 art.9.4, queda declarada nula.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios