La normativa reguladora de los recursos energéticos contenida en L Murcia 10/2006 se modifica para establecer las bases de una política energética sostenible que promueva el aprovechamiento de los recursos energéticos renovables, así como el ahorro de energía y la mejora de la eficiencia energética, desde la producción hasta el consumo, reduciendo la dependencia energética exterior y la afección al medio ambiente, potenciando una mayor solidaridad ambiental en el uso de la energía.
Se aplica no sólo a las instalaciones de aprovechamiento de energías renovables y a las actuaciones de ahorro y eficiencia energética que se implementen en el ámbito territorial de la Región de Murcia, sino también a la planificación regional necesaria para el cumplimiento de los objetivos anteriores.
Son energías renovables:
a) La energía eólica.
b) La energía solar.
c) La energía aerotérmica.
d) La energía geotérmica.
e) La energía hidrotérmica y oceánica.
f) La energía hidráulica.
g) La biomasa.
h) Los gases de vertedero.
i) Los gases de plantas de depuración.
j) El biogás.
k) Y toda aquella energía renovable de origen no fósil no contemplada en los apartados anteriores.
Los planes de impulso de las energías renovables pueden desarrollarse a través de:
a) Programas de implantación de energías renovables, especialmente los relativos a la energía solar y biomasa, con la finalidad de reducir la emisión de contaminantes.
b) Programas sectoriales de desarrollo tecnológico para la implementación de métodos y procesos productivos destinados a reducir las emisiones de contaminantes y minimizar la producción de residuos mediante la utilización de energías renovables.
c) Incentivos económicos y fiscales a las inversiones que tengan por objeto la implantación de instalaciones de producción de energía de origen renovable para reducir la generación de residuos y emisiones contaminantes mediante la aplicación de fuentes de energía renovables.
d) Programas específicos para la restauración de áreas degradadas mediante el uso y aplicación de fuentes de energías renovables.
e) Programas de información y educación en materia de energías renovables.
f) Programas de sustitución de energías convencionales por la utilización de energías renovables en edificios e instalaciones de uso o servicio público.
g) Programas de implantación de instalaciones de aprovechamiento de energías renovables en el medio rural para suplir la carencia de suministros energéticos convencionales.
h) Programas de implantación de instalaciones para producción de agua dulce por desalinización de agua de mar o de aguas salobres, con destino al consumo público, industrial, turístico o de regadíos que empleen energía solar u otra fuente de energía renovable como fuente energética principal.
Actualidad jurídica
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