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Encomienda de gestión al INSHT de la gestión de servicios de Seguridad Social

El INSHT tiene encomendada la gestión, durante el año 2014, del servicio público denominado «Prevención10.es, del que es titular la Seguridad Social, cuyo objeto es asistir a las empresas de hasta 10 trabajadores y a los trabajadores autónomos sin empleados a cargo por medio de internet principalmente, para que, en el caso de las empresas, se realice el plan de prevención, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de su actividad preventiva, de acuerdo con los riesgos existentes en el sector de la actividad económica al que pertenezcan y las características de su organización y de sus centros de trabajo, así como el seguimiento y adaptación de dichos riesgos y, respecto de los trabajadores autónomos, se les facilite asesoramiento técnico sobre sus obligaciones en la materia.
El servicio se estructura en las siguientes áreas funcionales:
– «Evalúa-t», cuyo objeto es el establecimiento por la empresa del plan de prevención, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, así como la adaptación de los existentes;
– «Stop riesgos laborales», servicio telefónico de asistencia y orientación a la empresa destinataria de «Prevención10.es»;
– «T-formas», consistente en un plan de formación dirigido al empresario para que pueda asumir personalmente la gestión de la prevención de riesgos laborales;
– «Autoprevent», herramienta que facilita al trabajador autónomo sin empleados a su cargo el asesoramiento técnico necesario para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones en materia preventiva, y que promueve la formación específica en materia de prevención de riesgos laborales adaptada a las peculiaridades de dichos trabajadores.
Asimismo, se encomienda al INSHT la realización y gestión del servicio denominado «Prevención25.es», destinado a las empresas de hasta 25 trabajadores, al objeto de que el empresario pueda asumir personalmente la prevención en su empresa siempre que el mismo desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo, disponga de un único centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades que realicen.

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