Se modifica la OF Gipuzkoa 1116/2008 eliminando el límite de 20.000 euros por debajo del cual era posible realizar el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de depósito, con documentación las diligencias de embargo por medios telemáticos a traves de EDITRAN. De esta forma, se utilizará la vía telemática para todas aquellas diligencias de embargo de cuentas que emita el Departamento de Hacienda y Finanzas a partir de 15-6-2012.
Por otro lado, se elimina la posibilidad de no informar acerca de cuentas en las que el saldo es inferior a 4 euros, y se introducen dos nuevos códigos de trabas:
– Saldo pignorado, que se debe emplear en aquellos casos en los que el saldo de la cuenta a embargar se encuentre total o parcialmente afecto a pignoración debidamente constituida.
– Situación concursal, que será utilizado cuando el deudor al que se refiere la diligencia de embargo se encuentre incurso en un proceso concursal.
NOTA
Se consideran automáticamente adheridas las entidades de depósito que ya lo estaban al procedimiento regulado en la OF Gipuzkoa 1116/2008, y que no hayan comunicado expresamente su no adhesión a este procedimiento en el plazo de 15 días desde la fecha de publicación; quedando excluidas de su condición de entidad colaboradora las que comuniquen dicha no adhesión.
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