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Ejecución de actuaciones aisladas en Castilla y León

Con efectos de 1-1-14 se suspende el cómputo de los plazos previstos en D Castilla y León 22/2004 art.227 y 232 hasta el 31-12-14.
Los plazos afectados son:
a) 4 años desde la entrada en vigor del instrumento de planeamiento urbanístico para iniciar las actuaciones aisladas de expropiación para la ejecución de sistemas generales u otras dotaciones urbanísticas púlbicas y para la ampliación de los patrimonios públicos de suelo.
b) 4 años desde la entrada en vigor del instrumentos de planeamiento urbanístico para el inicio de las actuaciones aisladas de ocupación directa.

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