En relación con los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos procede aplicar un tipo de cotización adicional del 9,90%, repartido de la siguiente manera (OM ESS/55/2018 art.30.3):
.- el 8,26% es a cargo de la empresa y;
.- el 1,64%a cargo del trabajador.
En relación con los miembros del cuerpo de la ertzaintza procede aplicar un tipo de cotización adicional del 8,60%, repartido de la siguiente manera (OM ESS/55/2018 art.30.4):
.- el 7,17% es a cargo de la empresa,y;
.- el 1,43% a cargo del trabajador.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios