Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o personas propietarias únicas de edificios de carácter predominantemente residencial, que hubieran registrado el informe de evaluación de edificios con posterioridad a la fecha que se establezca en la correspondiente convocatoria.
El importe máximo de las ayudas es de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros por el edificio, ni el 50% del coste del informe.
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