Las bases reguladoras del Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria tienen por objeto regular ayudas para la rehabilitación de los elementos comunes de edificios de viviendas de construcción anterior a 1981, de conformidad con el Plan estatal de vivienda 2013-2016, así como las ayudas adicionales de la Generalitat.
Pueden ser beneficiarios las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios, los propietarios únicos de edificios de viviendas, así como las Administraciones públicas y demás entidades de Derecho público que sean propietarias de inmuebles que tengan íntegramente como destino el alquiler de las viviendas, y rehabiliten los citados inmuebles.
Las actuaciones de rehabilitación pueden ir dirigidas a su conservación; la mejora de la calidad y sostenibilidad; o a realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad. En las actuaciones de conservación tienen preferencia aquellas que afecten a edificios en los que al menos el 60% de los propietarios tengan ingresos ponderados inferiores a 6,5 veces el IPREM.
Como norma general, la cuantía de las ayudas es del 35% del coste subvencionable de la actuación correspondiente, con el límite resultante de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local.
Las bases reguladoras del Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de edificios tienen por objeto regular las ayudas en materia de vivienda para la realización del informe de evaluación de los edificios, de acuerdo con el Plan estatal de Vivienda.
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicas de edificios de carácter predominantemente residencial, que hayan registrado el IEE con posterioridad al 26-7-2016.
La cuantía de las ayudas es, como máximo, de 28 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y de 28 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local.
Una parte de la cuantía se financia por el Ministerio de Fomento y otra parte por la Generalitat Valenciana. Para la ayuda del Ministerio de Fomento se establecen como límites 500 euros por edificio y el 50% del coste del informe. Para la parte de ayuda financiada por la Generalitat los límites son de 200 euros por edificio, y el 20% del coste del Informe.
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