Se crea esta Comisión como órgano colegiado adscrito a la subsecretaría del departamento. Tiene por objetivos prioritarios la centralización, promoción, desarrollo, coordinación y seguimiento de las medidas adoptadas en el ámbito del sector agrario, pesquero, forestal y medioambiental, en situaciones de adversidad climática o medioambiental inesperadas e inusitadas en cuanto a su duración, intensidad o extensión territorial, para conseguir la mayor eficacia en su aplicación y adecuación a la magnitud de los daños ocasionados.
Tiene la consideración de catástrofe, a estos efectos, toda situación de tormenta en forma de aguacero o granizo, inundación, helada, persistencia de altas temperaturas, incendio forestal, vertido de sustancias contaminantes al agua o al suelo, movimiento sísmico y fenómeno volcánico terrestre o submarino que alcance un valor extremo; así como toda situación susceptible de favorecer el desencadenamiento de otras adversidades, en el ámbito señalado, aunque éstas no tengan, intrínsecamente, carácter climático.
Sus funciones consisten en llevar a cabo:
– el análisis, evaluación e información de las situaciones de adversidad climática o medioambiental;
– el estudio y propuesta de medidas paliativas extraordinarias correspondientes a los sucesos acaecidos;
– el estudio y propuesta de medidas preventivas;
– la propuesta de delimitación de los ámbitos territoriales y sectoriales afectados, oídas las comunidades autónomas y, en su caso, las Administraciones locales y las organizaciones representativas de los sectores;
– la canalización de las relaciones con las organizaciones representativas del sector agrario, pesquero y medioambiental;
– la canalización de las relaciones con los órganos competentes de las comunidades autónomas implicadas;
– la participación en las comisiones interministeriales creadas con motivo de las catástrofes naturales;
– el seguimiento, evaluación y, en su caso, elaboración de propuestas de reajuste de las medidas adoptadas para su mejor adecuación a la evolución de los efectos del riesgo climático o medioambiental de que se trate;
– cualesquiera otras que, para el mejor cumplimiento de sus objetivos, le fueran encomendadas por la Subsecretaría de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Se impone prioridad en el apoyo que los distintos órganos y unidades hayan de prestar en relación con las situaciones de adversidad climática y medioambiental.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios