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Comercio interior. Baleares

En aquellos casos en que -según RDL 19/2012– no sea exigible para la instalación de un establecimiento comercial la licencia de edificación y uso del suelo, ha de presentarse una declaración responsable relativa a las obras realizadas, junto, si procede, con la declaración responsable relativa al inicio y ejercicio de la actividad correspondiente.
Sin embargo, los municipios pueden exigir que, antes de la realización de las obras, deba presentarse una comunicación previa con el fin de conocer la localización y las circunstancias de la obra que haya de realizarse, y facilitar su control. En estos casos, la comunicación previa sustituye a la declaración responsable relativa a las obras sin perjuicio de la obligación de presentar, si procede, la declaración responsable relativa al inicio y ejercicio de la actividad.
Estas declaraciones responsables o comunicaciones previas se regulan por lo dispuesto en RDL 19/2012 y en la LRJPAC.
Es objeto de reforma también la ordenación de la actividad comercial acordándose que la implantación, ampliación de la actividad o el traslado de las instalaciones destinadas a establecimientos del tipo gran establecimiento comercial requieren expresamente la licencia autonómica, con carácter previo a la solicitud, si procede, del permiso municipal de instalación de la correspondiente actividad. No obstante quedan exentos de esta obligación los supuestos que se regulan en RDL 19/2012.

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