En el Área Metropolitana de Barcelona se crea la entidad local de agua básica, de suministro de agua en baja y de saneamiento, a efectos de lo dispuesto en DLeg Cataluña 3/2003.
El Área Metropolitana de Barcelona tiene la consideración de entidad supramunicipal, a efectos del RD Leg 1/2001 art.89.
El servicio metropolitano del ciclo integral del agua se presta por la Agencia Catalana del Agua y por el Área Metropolitana de Barcelona a través de la suscripción de un convenio de colaboración, un marco de atribución de recursos procedentes del canon del agua para hacer frente a los gastos de explotación y de instalaciones asociadas, incluyendo las de aguas pluviales.
Actualidad jurídica
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