Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2016, se establecen las siguientes modificaciones en la delimitación del contribuyente:
– se incluye como contribuyente a los nuevos fondos de inversión colectiva de tipo cerrado regulados en la L 22/2014;
– dada la unificación de la normativa existente sobre el régimen jurídico de las titulizaciones, que ha llevado a incluir en una única categoría legal los denominados fondos de titulización de activos y fondos de titulización hipotecaria, se modifica la norma foral del impuesto para incluir como contribuyentes a los fondos de titulización de manera genérica, desapareciendo la distinción existente entre fondos.
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