Se mantiene la inscripción de los bienes y derechos pertenecientes a los patrimonios públicos municipales de suelo inscritos en el Registro autonómico de patrimonios públicos municipales de suelo, antes del 20-8-2014 (fecha de entrada en vigor LUVA), incluidos los actos y acuerdos municipales sobre enajenación de bienes inmuebles del patrimonio municipal del suelo .
NOTA
Igualmente se mantiene la inscripción de los programas de actuación integrada y de las agrupaciones de interés urbanístico que hayan sido inscritos en los Registros autonómicos antes de 20-8-14; sin embargo éstas a partir de esta fecha se inscriben en los correspondientes registros municipales regulados en LUVA art.170 (nº 4629 Memento Urbanismo 2015).
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