La Orden de referencia establece el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias; así, no podrán acogerse al régimen simplificado los empresarios que hayan superado en el año natural anterior un volumen de facturación, por las entregas sujetas y no exentas del Arbitrio, de 3.000.000 de euros (se mantiene la cifra vigente para el ejercicio 2016).
Asimismo, la Orden fija la cuantía de los módulos del Arbitrio que regirán para el año 2017.
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