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Aprobación de medidas urgentes en el IBI como consecuencia de catástrofes naturales

El Gobierno ha aprobado una serie de medidas complementarias a las contempladas en el acuerdo del Consejo de Ministros de 9-12-2016 (para reparar los daños causados por inundaciones y pedrisco en determinadas provincias) y en el acuerdo del Consejo de Ministros de 23-12-2016 (para paliar los daños causados por inundaciones acaecidas desde el 17-12-2016 en las siguientes CCAA: C.Valenciana, Murcia, Illes Balears; así como en las provincias de Almería y Albacete).
Además, a consecuencia de los episodios de nevadas, lluvias, vientos y fenómenos costeros acaecidos entre el 15 y el 23-1-2017, se les aplican las medidas contenidas en el RDL ahora aprobado y en lo acuerdos del Consejo de Ministros antes mencionados a las siguientes CCAA: C.Valenciana, Illes Balears, Cataluña y Murcia; así como a la provincia de Albacete.
Entre las medidas adoptadas, se concede la exención de las cuotas del IBI correspondientes al ejercicio en que haya tenido lugar el siniestro, 2016 o 2017, que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, marítimo-pesqueros y profesionales, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares, dañados como consecuencia directa de los siniestros antes citados. Es necesario acreditar que las personas y los bienes en ellos ubicados han sido objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos, o los destrozos en cosechas constituyen siniestros no cubiertos por ninguna fórmula de aseguramiento público o privado.
La exención comprende la de los recargos legalmente autorizados sobre los mismos
Los contribuyentes que, teniendo derecho a la exención, hayan satisfecho los recibos correspondientes a dichos ejercicios fiscales, pueden pedir la devolución de las cantidades ingresadas.

NOTA
El Gobierno, mediante real decreto, podrá declarar la aplicación de estas medidas previstas a otras situaciones de emergencia que puedan acaecer en cualquier parte del territorio nacional desde su entrada en vigor hasta la finalización del mes de junio de 2017.

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