Desde el 1-2-2013 la aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida se fija en 4,20 €. Dicha aportación máxima se aplica igualmente a los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica pertenecientes a los grupos de aportación reducida y a la participación en el pago a satisfacer por los enfermos de SIDA dispensados a través de receta oficial.
Los límites máximos de aportación mensual para los pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, según la renta consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del IRPF, son:
a) Renta inferior a 18.000 euros: límite máximo de aportación mensual 8,14 €.
b) Renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000: límite máximo de aportación mensual 18,32 €.
c) Renta superior a 100.000 euros: límite máximo de aportación mensual 61,08 €.
Actualidad jurídica
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