El Tribunal Supremo condena a los socios de una SRL a cumplir el acuerdo de separación y a adjudicar al socio que se separa los activos determinados en el informe que todos los socios encargaron a un auditor externo.
La posibilidad de revisar el informe del auditor no requiere la intervención del mismo en el proceso, pudiendo hacerse por la autoridad judicial sin necesidad de llamarle a juicio.
Si los socios no aceptan la valoración dada en el informe, lo procedente habría sido fijarla judicialmente, con nuevas pruebas, y no pedir la resolución del acuerdo adoptado como hicieron.
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