Las modificaciones de la regulación de las actas de liquidación afectan a:
1. Procede la expedición del acta de liquidación respecto a las diferencias de cotización por trabajadores dados de alta, resulten o no directamente de las liquidaciones o datos de cotización transmitidos o de los documentos de cotización presentados, dentro o fuera de plazo, incluidas las aplicadas por compensaciones o deducciones (antes se recogía que resultaran directamente de los documentos de cotización presentados dentro o fuera del plazo reglamentario).
2. La ITSS formula requerimiento de pago a los responsables por las cuotas adeudadas por cualquier causa, previo reconocimiento de la deuda por aquellos ante el funcionario actuante. En este caso, el ingreso de la deuda por cuotas contenida en el requerimiento debe efectuarse en el plazo que determine la ITSS, que no puede ser inferior a un mes ni superior a cuatro meses (para adecuarlo a la redacción ya recogida en este sentido en la LGSS art.31). De incumplirse el requerimiento se procede a extender acta de liquidación y de infracción por impago de cuotas.
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