Con la entrada en vigor el 17-3-2013 de una nueva regulación sobre las siguientes materias se deroga la suspensión prevista hasta el 31-3-2013 de los cambios que estableció la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social (L 27/2011) cuya entrada en vigor estaba prevista para el 1-1-2013:
1) En relación a las nuevas modalidades de jubilación anticipada (LGSS art.161 bis.2 modif RDL 5/2013 art.6), en relación a la jubilación parcial anticipada y contrato de relevo (LGSS art. 166 modif RDL 5/2013 art.7; ET art.12.6.1º y 7 modif RDL 5/2013 art.9) y la aplicación temporal de estas últimas medidas (LGSS disp.trans.22ª modif RDL 5/2013 art.7).
2) La aplicación de coeficientes reductores por edad en relación a la determinación del porcentaje aplicable a la base reguladora por la que se fija la cuantía de la pensión de jubilación contributiva (LGSS art.163.3 modif RDL 5/2013 art.5).
3) Se mantienen en vigor las suspensiones también previstas hasta 31-3-2013 en relación a:
a) Los estudios actuariales encomendados al Gobierno en relación a los coeficientes reductores de la pensión utilizados en la jubilación anticipada, así como de los coeficientes amplificadores de la pensión, al objeto de evaluar su adaptación a los principios de proporcionalidad y contributividad al sistema (L 27/2011 disp.adic.24ª suspendida hasta 31-3-2013 por RDL 29/2012 disp.adic.1ª.3).
b) Los estudios del Gobierno, en función de los resultados operados en el primer año de vigencia del cese de actividad, sobre la posibilidad de que quienes se encuentren en dicha situación legal de cese de actividad puedan acceder a la jubilación anticipada a los 61 años (L 27/2011 disp.adic.27 suspendida hasta 31-3-2013 por RDL 29/2012 disp.adic.1ª.3).
c) La previsión de que el Gobierno presentase, en el plazo de un año, un estudio relativo a un sistema específico de jubilación parcial a los 62 años, a favor de autónomos que cesen en su negocio o lo traspasen a otra persona a la que deben formar.
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