Representación en la junta de socios
Si uno de los socios asistentes a la junta impugna la suficiencia del apoderamiento otorgado por otro que acude mediante representación voluntaria, y pese a ello la mesa de la junta lo incluye como asistente por considerar suficiente el poder aportado, la sociedad debe documentar dicho poder, pues de otro modo, si los acuerdos son impugnados, la falta de prueba le perjudica a ésta.