Retenciones a un socio no residente por una sociedad residente en proceso de disolución (RF 50/22 13 de Diciembre de 2022 al 19 de Diciembre de 2022)

La entidad deberá practicar retención sobre las cantidades satisfechas al socio residente en Corea del Sur como consecuencia de la liquidación. El importe de la retención será del 15% del importe bruto de las cantidades recibidas en la parte que constituya beneficio, de acuerdo con lo establecido en el CDI.