Competencia de la jurisdicción española ante determinados delitos
La extensión de la jurisdicción española más allá de sus límites territoriales debe venir legitimada y justificada por la existencia de un tratado internacional que lo prevea o autorice. También se amplía la lista de delitos que, cometidos fuera del territorio nacional, son susceptibles de ser perseguidos por la jurisdicción española, y se excluye la competencia de los tribunales españoles cuando ya se hubiese iniciado un procedimiento en un Tribunal Internacional o por la jurisdicción del país en que hubieran sido cometidos o de nacionalidad de la persona a la que se impute su comisión, siempre que la persona a que se imputen los hechos no se encuentre en España o, estando en España vaya a ser extraditado a otro país o transferido a un Tribunal Internacional.