Remuneraciones indirectas por el ejercicio de las funciones de dirección (RF 37/25 09 de Septiembre de 2025 al 15 de Septiembre de 2025)

En el cómputo de las retribuciones percibidas por una persona física, por las funciones de dirección que ejerce en una sociedad de la que es partícipe, hay que incluir las percibidas de manera indirecta a través de otra sociedad perteneciente al grupo familiar, a los efectos de la aplicación de la exención por participaciones en entidades prevista en la LIP.

Exención de las participaciones en entidades (RF 46/21 16 de Noviembre de 2021 al 22 de Noviembre de 2021)

A efectos de determinar si una entidad tiene o no como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario, si la entidad desarrolla una actividad económica, los créditos frente a la Administración tributaria, como consecuencia de la liquidación del pago del IS, deben considerarse un activo afecto a la actividad económica hasta el momento en que la Hacienda Pública proceda a su devolución efectiva.