Localización de los servicios de intermediación en la venta de servicios hoteleros a entidades localizadas en Canarias
En una intermediación prestada por una entidad peninsular a una agencia de viajes canaria en la venta de servicios hoteleros para los clientes de esta, si a la prestación de tales servicios de la entidad canaria al cliente final le fuera de aplicación el régimen general del IVA, cuando el hotel estuviera situado en el territorio de aplicación del Impuesto, el servicio de hostelería quedaría sujeto al Impuesto por aplicación de la regla de utilización efectiva de los servicios.