Reclamación interna del trabajador y calificación del despido disciplinario inmediatamente posterior (RS 01/23 03 de Enero de 2023 al 09 de Enero de 2023)

Como regla general, las reclamaciones internas en el seno de la empresa no activan la garantía de indemnidad, pero si un trabajador efectúa una reclamación interna e inmediatamente después es despedido, sin que la empresa acredite la existencia de incumplimientos que justifiquen la extinción contractual, la imposibilidad de formular la reclamación judicial con anterioridad al despido es imputable únicamente al empresario. Este concreto contexto de proximidad temporal opera como un indicio de la vulneración de la garantía de indemnidad que obliga al empleador a acreditar que el despido ha sido ajeno a la violación del derecho fundamental y al no haberse desvirtuado, el despido ha de calificarse de nulo.